El 26 de mayo de 2026 marcó un regreso significativo de la Guardia Nacional (GN) a las carreteras federales del país, tras la publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF) de un decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Reglamento de Tránsito en Carreteras y Puentes de Jurisdicción Federal. Esta actualización legal faculta a los elementos de la GN a inspeccionar vehículos, dirigir el tránsito, verificar sistemas de frenado, emitir dictámenes técnicos, elaborar actas-convenio y sancionar a conductores que incumplan las normas vigentes.
El decreto responde a la necesidad de fortalecer la seguridad vial y la colaboración entre la Guardia Nacional y la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT), con el objetivo de prevenir accidentes carreteros y garantizar el cumplimiento de las disposiciones en las vías federales. Además, la GN apoyará en la verificación de conductores de vehículos destinados al servicio de autotransporte federal y transporte privado.
Entre las sanciones contempladas, destacan multas que oscilan entre 10 y 50 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA) diaria, equivalente a montos que van desde 1,173 hasta 5,865 pesos, dependiendo de la infracción. Por ejemplo, desobedecer a la autoridad o dispositivos de control puede acarrear multas de 40 a 50 veces la UMA diaria, mientras que el uso de vehículos en mal estado físico o mecánico se sanciona con multas de 20 a 30 veces la UMA.
El decreto también establece que quienes se nieguen a acatar las órdenes de la Guardia Nacional, entregar documentación requerida o incurran en agresiones verbales o físicas contra policías, autoridades o personal de servicios de emergencia, serán sujetos a las sanciones correspondientes.
La GN podrá realizar amonestaciones verbales para orientar a conductores, pasajeros y peatones, así como custodiar a personas y vehículos involucrados en hechos de tránsito para facilitar las investigaciones.





